20/1/10

Alegato sobre el fracaso del sistema penal

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Históricamente, cada vez que los medios masivos de comunicación revelan que existe algún delito, generalmente grave y violento, cometido por personas con antecedentes penales, se plantea el “debate” sobre la pena carcelaria, sosteniéndose erróneamente que por mantener a una persona privada de su libertad durante cinco, diez o veinte años, ésta debería salir y no cometer ningún hecho delictivo; como si su “resocialización” pudiera obtenerse mágicamente por el hecho de estar encerrado. Y si el tiempo preso no le fue suficiente, se pretende encerrarlo nuevamente con la esperanza de que esta vez comprenda lo que no tiene que hacer.
Ahora bien, tras el evidente fracaso de la industria carcelaria, sería interesante plantear la posibilidad de que mantener a una persona privada de su libertad es un método que resulta inútil.



Desde un primer punto de vista, es frecuente sostener que la pena carcelaria es necesaria a los efectos de neutralizar, esto es paralizar o impedir que el “delincuente“ cometa un nuevo delito, pues mientras lo mantenemos encerrado, nada puede hacerle a la sociedad. Ahora bien, esta idea de que quien se encuentra vigilado en una cárcel no comete delitos, no sólo es falaz sino que además es absurda. Así, el hecho de que no veamos delinquir a una persona, no significa que no lo *haga, pues en un sistema carcelario absolutamente corrupto como el nuestro, difícilmente quien se encuentra en su interior no cometa ningún acto delictivo o de violencia, en este sentido, son vox populi las “bienvenidas” que los presos más antiguos o incluso el personal carcelario, le realizan a los nuevos integrantes del sistema. Esto también constituye un delito que la sociedad en general no percibe pero que igualmente se comete.



Así, contradictorio sería exigirle a una persona que estuvo en prisión que al obtener la libertad no cometa ningún delito siendo la cárcel la mayor escuela de perfeccionamiento de la violencia y ejercicio de poder. No es racional lamentarse entonces de que una persona que sale de prisión cometa un nuevo delito, puesto que si el efecto más trascendente de la prisionalización es la reincidencia, ni el Estado ni sus integrantes pueden reprochar una condición que en realidad han contribuido a causar.



Sin embargo, y aún si admitiéramos que sólo nos interesan los delitos que percibimos o vemos, la única forma de cumplir con el cometido es neutralizar al delincuente indefinidamente, reduciendo a la persona a la calidad de una cosa, o incluso legitimando la pena de muerte, qué mejor forma de neutralizar que eliminando al agresor? Así, nos aseguramos de que no cometa ningún tipo de acto.



Ahora bien, si lo que se pretende es reforzar la confianza en el sistema estatal que la sociedad pierde cada vez que se comete un hecho delictivo, que mejor que “ajusticiar” a una persona en la plaza pública para que todos vean lo que nos puede pasar si no cumplimos con la ley, volviendo a métodos inquisitivos que se creían superados.



Por último, es insostenible pensar que la prisión resocializa y le permite a la persona reincorporarse a la vida en sociedad, pues si bien de acuerdo a nuestra Constitución las cárceles serán “sanas y limpias”, esa realidad no existe, al menos para la mayoría de los presos. Es absurdo sostener lo contrario ante la evidencia de los hechos: los presos comunes no hacen más que hacinarse en celdas que comparten hasta no poder entrar si no es de pie, con falta de higiene, de educación, de salud, con actos de violencia constantes por parte del personal penitenciario y de los mismos presos que luchan por mantener su “jerarquía” dentro del sistema.



No queda más que admitir el fracaso del sistema penal y carcelario donde la aplicación de una pena privativa de la libertad no es más que un acto de poder sobre las personas de sectores sociales más vulnerables. La realidad diaria nos indica que los delitos cometidos por poderosos difícilmente lleguen a la justicia penal, y si lo hacen, raramente son condenados o si lo son, la condena no es cumplida en las mismas condiciones que el resto de la población carcelaria; pues para ellos las cárceles sí son sanas y limpias, ventajas que no tienen los presos comunes que solo miran estos “beneficios”? (o derecho a ser tratados como personas) desde lejos.



Dra. Lucía L. Marini
Publicado en www.saij.jus.gov.ar